Beneficios del régimen de promoción de Economía del Conocimiento
Destinatarios
-MiPyMEs, grandes empresas, asociaciones, cooperativas y otras instituciones que realicen actividades de la Economía del Conocimiento.
Características
- Organizaciones que realicen desarrollo de software, producción o postproducción audiovisual, biotecnología, servicios geológicos y de prospección, servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones, servicios profesionales, nanotecnología y nanociencia, industria aeroespacial y satelital, tecnologías espaciales, ingeniería nuclear o soluciones 4.0, inscribite en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de la Promoción de la Economía del Conocimiento y accedé a estos beneficios: Los beneficios van a estar vigentes por 10 años. Vas a tener que validar tu inscripción al Registro cada 2 años y realizar presentaciones anuales para acreditar que seguís cumpliendo los requisitos para ser beneficiario del Régimen.
- Monto: Bono para pagar impuestos nacionales correspondiente al 70% de las contribuciones patronales sobre el personal dedicado a las actividades promovidas. Descuento de hasta el 60% del Impuesto a las Ganancias, según el tamaño de empresa. Exención del pago de Derechos de exportación para las empresas del sector servicios.
- Consideraciones: Acreditar que un 70% de la facturación total proviene de la Economía del Conocimiento o demostrar que estas actividades son incorporadas transversalmente a sus procesos productivos. Cumplir 2 de estas condiciones: - Certificar calidad en los productos, servicios o procesos bajo una norma conocida para ese fin o mediante la acreditación de un plan de mejora continua.
- Invertir en capacitación o investigación y desarrollo de la Economía del Conocimiento.
- Exportar bienes o servicios de la Economía del conocimiento.
- Estar constituido como persona jurídica.
- Estar inscripto en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP).
- No tener deudas fiscales, previsionales, laborales ni gremiales.
- Tener CUIT y clave fiscal nivel 3 en AFIP. • Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
- Podes ingresar si sos representante legal de la empresa o un apoderado con facultades suficientes mediante la presentación de un poder especial otorgado a tal efecto. Si no sos representante o apoderado de la empresa, tenés que tramitar una constancia de apoderamiento para poder cargar la información a TAD.