Emprender con perspectiva de Género
Destinatarios
- Personas humanas argentinas o extranjeras con residencia permanente que den inicio a nuevos proyectos productivos o desarrollen un emprendimiento cuya actividad vinculada posea una fecha de alta ante la AFIP que no exceda los 7 años al momento de presentar el proyecto.
- Micro, pequeñas o medianas empresas, de acuerdo con lo establecido en el Anexo de la Resolución 69/2020, que cuenten con una fecha de constitución del emprendimiento que no exceda los 7 años al momento de presentar el proyecto.
Que financia
- Los emprendimientos deberán encuadrarse en alguna de las siguientes categorías:
Características
- Estar liderados por mujeres, de acuerdo con lo establecido en las Bases y Condiciones:
- Realizar acciones que fomenten la disminución de brechas de género y contribuyan a la paridad hacia el futuro, como aquellas vinculadas a:
- Fortalecer entornos laborales igualitarios y promover acciones integrales para garantizar la igualdad y equidad de género.
- Impulsar acciones tendientes a asegurar la igualdad de oportunidades y la prevención y erradicación de la violencia de género.
- Contribuir a la producción de información sobre desarrollo productivo con perspectiva de género.
Desarrollar u ofrecer productos o
- servicios que, de forma manifiesta, apunten a:
- Fortalecer la equidad de género.
- Comunicar de forma inclusiva.
- Mejorar la calidad de vida de las mujeres y/o personas de identidad de género no binaria.
- Respetar y/o valorar las diversidades sexuales.
- Destinar presupuesto específico a la inversión en política de género.